domingo, 30 de noviembre de 2008

Y por si fuera poco el muchacho no se duerme.

Este es un escalofriante documento enviado por un preocupado padre a la redacción del blog (Atención: El texto no es apto para niño-fóbicos)

"Estimados amigos de este amable blog:

Me pongo en contacto con Vds para comentarles mi problema (problemón o problemilla según el punto de vista del lector). Tengo un muchacho de dos años, un chaval fuerte y osado, alegre y participativo, simpático y cariñoso. En fin que el "chiquitín" lo tiene todo. A la hora de acostarse y desde que pasó a la cama (dejando su amada cuna, desde la que también se salía pero no tanto), nada más acostarle, con la rutina habitual que consiste en rezar el "Jesusito de mi vida eres niño como yo",  leerle un cuento de Teo(ese gordete pelirrojo que levanta pasiones) o de Juan Sin Miedo (se debe reconocer en él!),  le damos las buenas noches y cerramos la puerta.

Parece que se  ha quedado tranquilo, le comento confiado a mi mujer. Ella guarda silencio sabiendo la que se avecina. Tras unos segundos (entre treinta y cuarenta), desde el salón vemos una sombra…cómo la luz de su cuarto se enciende cual lucero del alba. Entonces es cuando entras y le dices:

La primera vez que se levanta: “Guapo, es hora de dormir. Mañana seguirás jugando”.

La segunda: “Chiquitín! A dormirse! Venga que mañana vas al cole y no vas a rendir!

La tercera: “Te quedas aquí en la silla a pensar y luego a dormir”

La cuarta: ¿Qué te ocurre, puchurruchu? ¿No te encuentras bien?

Cuando entras y le acuestas tienes que ser sigiloso y rápido ya que él a los tres o cuatro segundos puede estar trepando a lo Spider-Man.

Hay otras veces que se queda en la cama y protesta con su cálida vocecilla: “Papá quiero dalsy”. Como sabe el avezado padre de familia, Dalsy es un medicamento por vía oral (ibuprofeno) que tiene un ligero efecto aletargador. En fin a mi hijo le encanta por su sabor a caramelo. Pero como no quiero tener un hijo drogadicto, pues le preparaba la misma dosis pero con agua y él parecía no enterarse. Y digo que parecía porque es más listo que el hambre y no hay forma de engañarle.

Como ven, Señores redactores, yo ya no sé que hacer, después de tantas veces que nuestro hijo se levanta. Al final acaba durmiéndose pero después de mucho trajín y claro el grado de estrés que soportan sus padres día tras día es agotador.

Necesitaría que me ayudasen a resolver el problema. He consultado a varios expertos en pediatría, psicología, astrología … Se me ocurren varias medidas:

·     Vallar su cama.

·     Darle Dormimex.

·     Dejarle en su cuarto (esta posibilidad siendo demasiado dura, tanto su madre como yo la desechamos).

·       Que no duerma (contra medida por excelencia).

En fin desesperados como estamos, lo dejamos todo en manos de este blog y del temible destino.

Saludos cordiales,

 

Domingo Soleado / Rigoberta Buendía

sábado, 29 de noviembre de 2008

El panorama urbano matritense ofrece uno de los mejores ejemplos de diseño gráfico de servicios modernos e innovadores. De ahí la importancia para el joven empresario o free-lance de emplear tiempo y dinero en el mensaje publicitario como el caso del ejemplo de la foto. Véase la simetría de las formas, el color, el estilo de letra que va de pequeño a grande, y sobre todo el mensaje directo y contundente (nada de titubeos o expresiones vagas sino directo al grano).

jueves, 27 de noviembre de 2008

Al pajarito parloteador le sale un pretendiente

No cabe duda que Twitter (en adelante, el pajarito parloteador), la archifamosa aplicación de microblogging está de moda en esto que han venido a llamar Web 2.0. Wikipedia nos cuenta la historia del joven pajarito. Parece ser que lo que comenzó como un pequeño proyecto-experimento de una Start-up de San Francisco hoy tiene miles de seguidores.

El parjarito parloteador, del que es usuaria el total de la plantilla de PORSIFUERAPOCO, es empresa sabedora de tener un diamante en bruto por sus bondades: miles de usuarios sobre todo en EEUU, posibilidad de intercomunicación entre twitteros, fácil manejo, potencialidad en el sector empresarial tal como publica hoy
Francis Pisani en Ciberpaís, etc. Y sobre todo para que andarnos con rodeos, en un mundo tan vago como en el que vivimos, 140 caracteres es perfecto como para escribir un Haiku y quedarte tan ancho.

He leído en
Expansión (y estos a su vez lo han copiado de Financial Times, ¡viva el press clipping!) una noticia acerca de los rumores en torno a la posible compra por parte de Facebook. Y claro lo que ha comenzado como un rollete entre amigos(las dos compañías se podría decir que tienen gustos muy parecidos y son jóvenes aunque sobradamente preparadas) se puede convertir en matrimonio. Según se rumorea la oferta de Facebook sería de 500 millones de dolares.

Pues bienvenida sea la brevedad.

martes, 25 de noviembre de 2008

Telecinco vs. YouTube: Responsabilidad de contenidos en la Red

Según he leído El País, Telecinco deberá identificar específicamente de todos aquellos vídeos que a su parecer violan sus derechos de autor. Así lo ha dictaminado el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid. El tribunal le exige que proporcione a la filial de Google la dirección de Internet o URL de todos los vídeos que estén usando sus contenidos sin la debida autorización. Tal como YouTube declara en un comunicado oficial, no hay porqué irse a los tribunales para resolver este tipo de problemas, ya que YouTube posee una herramienta “ad hoc” para este fin por el que el interesado puede hacer esta identificación de vídeos infractores ("Negarse a utilizar estas herramientas es como usar un arado en lugar de un tractor" declara esta última).

Lo que me parece interesante de la Sentencia es el planteamiento de Telecinco, que quería ni mas ni menos que YouTube fuera vigilante y guardián de todo el contenido del canal televisivo que se publica en su web. Lo que se pretendía dirimir era a quién correspondía la carga de la prueba, es decir quién es responsable de suprimir ese contenido. Ahí entra en juego el art. 16 de la LSSI que es muy claro:

“Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio no serán responsables por la información almacenada a petición del destinatario,(…).

Como vemos, la LSSI libera de responsabilidad al intermediario (YouTube) que sólo sirve de canal entre el creador del contenido y el destinatario final. Enrique Dans en su blog ha hecho una interesante reflexión en relación con las bitácoras:

“Como ocurre en otros casos, como en el de las páginas personales o blogs, hacer responsable al propietario de la página de lo que terceros vierten en ella supone una situación de indefensión jurídica absoluta, porque supone al prestador del servicio la capacidad para tomar las decisiones, en muchos casos complejas, con respecto a dichos contenidos, y porque le deja en manos de la posible mala intención de los propios demandantes, que podrían introducir materiales o comentarios ellos mismos provistos de identidades falseadas.”

Este tema me recuerda una charla impartida por el catedrático Juan José Marín (Gómez Acebo & Pombo) y venía a decir que en España el régimen de responsabilidad en Internet era poco riguroso y exigente (se podría hablar de un régimen de irresponsabilidad), y bastante cómodo para los prestadores de servicios de la sociedad de la información, a diferencia de otros países como Francia (Según la Ley el prestador de servicios es infractor en tanto en cuanto tenga conocimiento a través de una resolución administrativa o judicial que declare la ilicitud, es decir, sólo así se entiende que tiene conocimiento efectivo).

En conclusión creo que el criterio aplicado por el Tribunal en este caso es el correcto y por ahí debe seguir la línea jurisprudencial.

lunes, 24 de noviembre de 2008

Devolución de productos: acerca de la validez de los vales canjeables (Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona 544/2008 de 9 de Octubre).

El día de su cumpleaños, Erika recibió de regalo unos pantalones que habían sido adquiridos en la tienda Zastwo (el nombre de la tienda es sumamente gráfico como para hacer más comentarios. Al no ser de su talla, fue a cambiarlos y adquirió un modelo diferente y más barato de 165 Euros, con una diferencia de precio respecto a los anteriores de 59 €, entregándole el famoso vale que luego le traería problemas. En el papelito Erika no advirtió en letras pequeñas el CADUCA junto a una fecha. Pasados unos meses, acudió a otra tienda de la cadena de Zastwo, pero el personal le dijo que nanai de la china, que el referido vale había caducado a los tres meses de emitido. Así habló con el jefe de sección, y luego con las oficinas centrales, y todos le decían lo mismo, que no podían hacer nada.

Pero ella recurrió a los tribunales y estos le dieron la razón por considerar que el vale canjeable no podía perder su valor monetario. La actora es consumidora aunque no sea compradora inicial. El contexto normativo según alega la Sentencia es claro: la Ley Orgánica de Comercio Minorista (art.10.2) y la ley de Consumidores (art 10 y 10 bis):

  1. El vendedor está obligado a devolver las sumas abonadas al comprador, sin retención de gastos.
  2. Serán nulas de pleno derecho que impongan a Erika una penalización por el ejercicio de su derecho de desitimiento o renuncia al mismo (esto es el CADUCA será nulo por abusivo.
  3. Lo que se recibe no es dinero ya que el dinero no caduca.
  4. Con el vale se limita la libertad de compra a la pobre Erika, que a lo mejor prefería comprarse una camisa en Zara o qué se yo.
  5. Además la aceptación del vale por la consumidora sin reserva inicial no significa desistimiento ni renuncia a reclamar la devolución del precio.

En fin finalmente Zastwo tuvo que abonar los 59 euros a Erika más las costas e intereses legales. Interesante caso!

jueves, 20 de noviembre de 2008

Iconos y otras representaciones gráficas

Todo lo que se refiere al diseño de los iconos (Guardar, Imprimir, Deshacer y otros tantos más) de los programas (Word, Excel, etc.) me fascina debido a los mecanismos de nuestra mente ya que siempre es más facil por ejemplo con "Guardar" clickar en el disquito que tener que hacer el recorrido a través de Archivo, etc. En el blog de Microsiervos hablan sobre este ya mencionado icono Guardar y  auguran la muerte del mismo (Sí es ese, el disco de 3.5 pulgadas azul o negro que conocemos). El criterio es que una persona nacida en los 90 a duras penas reconoce el simbolito. ¿Acaso también deberíamos pensar que el Icono Enviar (representado por un sobrecito) está también desfasado ya que hoy por hoy no es lo mismo enviar una carta que un Emilio? Parece que no pero es discutible. Asimismo tantos otros signos de la vida real, no virtual, que nos rodean… (véase siguiendo el tema del correo, el símbolo de la trompetilla en el logo de Correos). Desde luego, un tema apasionante a debatir.

Off topic: ¿Sabían que los argentinos pronuncian ícono con el acento en la I? Desde luego que cómo se aprende en este blog!

lunes, 17 de noviembre de 2008

"Artistas en el ascensor"

Esta mañana me he encontrado este cartel en las paredes del ascensor de un céntrico edificio madrileño. Creo que este tipo de carteles incentivan el arte y la expresión artística como método de desahogo masivo. Si uno no es artista, pues ale, aquí puede serlo, es el momento de sacar el boli bic y ponerse a hacer monigotes en los pocos espacios que quedan libres en este ascensor. Sobran más comentarios.